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Reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia civil

Italia
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BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES

El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

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El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

Italy
European cross-border procedures - European Protection Measures in civil matters
* mandatory input

Artículo 18, letra a)(i) - las autoridades competentes para dictar medidas de protección y expedir certificados de conformidad con el artículo 5

En virtud de la legislación italiana, el órgano jurisdiccional competente para el establecimiento de las medidas de protección es el del lugar de residencia de la persona protegida; dicho órgano puede expedir por tanto el certificado contemplado en el artículo 5.

Artículo 18, letra a)(ii) - las autoridades ante las cuales debe invocarse una medida de protección dictada en otro Estado miembro, o competentes para ejecutarla

La medida de protección dictada en otro Estado miembro se invoca y, en su caso, se ejecuta bajo la vigilancia del órgano jurisdiccional del lugar de residencia o domicilio de la persona protegida en el momento de la solicitud.

Artículo 18, letra a)(iii) - las autoridades competentes para efectuar la adaptación de medidas de protección de conformidad con el artículo 11, apartado 1

El órgano jurisdiccional del lugar de residencia o domicilio de la persona protegida es competente para llevar a cabo la adaptación de las medidas de protección contempladas en el artículo 11, apartado 1.

Artículo 18, letra a)(iv) - los órganos jurisdiccionales ante los cuales deba presentarse la solicitud de denegación de reconocimiento y, en su caso, de ejecución, de conformidad con el artículo 13

El mismo órgano jurisdiccional contemplado en el punto III.

Artículo 18, letra b) - la lengua o las lenguas aceptadas para la traducción mencionada en el artículo 16, apartado 1

La versión lingüística original de este artículo italiano se ha modificado recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.
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